T I E M P O S D E C A M B I O
EL CONGRESO DE 1824
Los pactos
firmados entre las provincias (PILAR, BENEGAS y CUADRILATERO), buscaban formar
un congreso que organizara definitivamente la Nación. Sin embargo y a pesar de
la derrota de Cepeda y la firma de dichos pactos, en buenos Aries seguía
gobernando el grupo centralista. Con la llegada de Martín Rodríguez a la
gobernación en 1821, también hacia su regreso Bernardino Rivadavia como
ministro de gobierno.
Evidentemente
los unitarios derrotados en el campo de batalla no resignarían en nada sus
objetivos políticos. Fue por ello que comenzaron a disponer los medios
necesarios para que el congreso a celebrarse en San Lorenzo según el Tratado
del Pilar, pasase luego a Córdoba por el de Benegas para finalmente recaer en
Buenos Aires por la acción de Rivadavia en el Tratado del Cuadrilátero.
Esta hábil maniobra
de los porteños fue inicio del primer plan unitario para obtener el control de
dicho congreso y lograr la promulgación de una constitución que respondiese a
sus propios intereses.
En abril de 1824 Martín Rodríguez fue reemplazado en el gobierno de Buenos Aires por el general Juan Gregorio Las Heras quien asumió recién en mayo del mismo año. Durante su gobierno se realizo la convocatoria al congreso y se enviaron las comisiones a las provincias para que dispusieran mandar sus representantes que serian elegidos en proporción a la cantidad de habitantes.
En abril de 1824 Martín Rodríguez fue reemplazado en el gobierno de Buenos Aires por el general Juan Gregorio Las Heras quien asumió recién en mayo del mismo año. Durante su gobierno se realizo la convocatoria al congreso y se enviaron las comisiones a las provincias para que dispusieran mandar sus representantes que serian elegidos en proporción a la cantidad de habitantes.
Las sesiones
del congreso se iniciaron en diciembre de 1824 con los diputados presentes y en
enero de 1825 se dicto la ley
fundamental que sirvió de base para el funcionamiento del cuerpo
reunido. Entre sus principales disposiciones se encontraban:
- Afianzar la independencia.
- Declarara al congreso general constituyente.
- Reafirmar las autonomías provinciales.
- La constitución que se dictara seria previamente revisada y aceptada por las provincias antes de su promulgación.
- El poder ejecutivo recaería provisoriamente en el gobernador de Buenos Aires con las relaciones exteriores y la atribución de formar tratados ad referéndum de la aprobación del congreso.
Esta ley
suscripta por el congreso debía respetarse
y declaraba una marcada idea federal. Sin embargo, los unitarios comenzaron a
ejecutar su plan para tomar el control del congreso y así llevar a cabo sus
objetivos. Lo primero que se propuso la
ley de duplicación de diputados que permitía a las provincias aumentar
el número de sus representantes. Esto favorecía exclusivamente a Buenos Aires
que tendría sus diputados viviendo en el lugar de celebración del congreso.
Esta ley permitió a los unitarios emprender su plan que se iría desarrollando por medio del dictado de otras leyes tanto políticas como económicas, que terminarían con el absoluto dominio de la situación.
Esta ley permitió a los unitarios emprender su plan que se iría desarrollando por medio del dictado de otras leyes tanto políticas como económicas, que terminarían con el absoluto dominio de la situación.
Así se
promulgo la ley de presidencia
(febrero de 1826) por la cual el poder ejecutivo recaía en el gobernador de
Buenos Aires, que veremos a continuación, se transformo en permanente con las
mismas atribuciones conferidas por la ley fundamental.
Bernardino Rivadavia |
En el mismo momento de la asunción al cargo, el presidente manifestó la necesidad de tener una capital en donde asentarse y surgió de allí la llamada ley de Capital por la que se designo a Buenos Aires como capital del Estado.
De esta manera
los unitarios tomaron por completo el control político del país en tanto que se
aseguraron el poder ejecutivo y el territorio de la capital. Las Heras en
tanto, al ver que la ley fundamental se había violado sin ningún resquemor
renunció a su cargo y Rivadavia resolvió disolver la legislatura de Buenos
Aires. Esto provocó la desaparición jurídica de la provincia.
En el orden económico
se creó el banco nacional de las Provincias Unidas del Río de la Plata con un
capital determinado que no llego a completarse. Se dictaron también las leyes
de empréstitos y de enfiteusis que completaron la serie de leyes que
permitieron a los unitarios contar con el control económico.
LA CONSTITUCIÓN DE 1826
Con el control definitivo del congreso por parte de este grupo, se presentaron inmediatamente a promulgar la constitución que tuvo lugar en el mes de diciembre de 1826 con la aprobación de las 2/3 partes del congreso.
Esta constitución
aseguraba la libertad e independencia de toda dominación extranjera y
consideraba a la religión Católica Apostólica y Romana como oficial. Proclamaba
un sistema de gobierno representativo y republicano consolidado en unidad de régimen
con un poder legislativo bicameral con diputados elegidos por el pueblo y
senadores provinciales. Un presidente que duraría cinco años en el cargo y
gobernadores elegidos por el presidente y bajo su dependencia.
Evidentemente la
constitución tenía un centralismo extremo que fue suficiente como para que las
provincias la rechazaran y algunas, como la Rioja con Facundo Quiroga o
Santiago del Estero con Felipe Ibarra ni siquiera llegaran a leerla.
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